El Boletín Oficial del Estado publicó el 28 de marzo la Orden SND/297/2020 por la que el Ministerio de Sanidad encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones en el ámbito digital y estadístico para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (en adelante, la “Orden”). Dichas medidas son las siguientes:
1.- El desarrollo de soluciones tecnológicas y aplicaciones móviles para “la recopilación de datos con el fin de mejorar la eficiencia operativa de los servicios sanitarios, así como la mejor atención y accesibilidad por parte de los ciudadanos”. Se pretende con ello evitar la difusión de información errónea y aligerar la carga de los servicios de atención de emergencias.
Las aplicaciones móviles deberán permitir a los usuarios realizar autoevaluaciones en base a los síntomas que comuniquen, ofrecerles información y facilitarles consejos y recomendaciones según lo que hayan comunicado. La Orden aclara que no constituirán “un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos”.
Adicionalmente a lo anterior, se ordena el desarrollo de un “asistente conversacional/chatbot para ser utilizado por WhatsApp y otras aplicaciones de mensajería instantánea” y una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles.
2.- La realización de un estudio de la movilidad aplicado a la crisis sanitaria (“DataCovid19”).
Probablemente, se trata de la medida más polémica de todas las contempladas en la Orden. La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se encargará de realizar un estudio sobre la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento. Este trabajo seguirá el modelo utilizado el pasado noviembre por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante, el “INE”) en su análisis de movilidad poblacional, partiendo de información agregada y anonimizada facilitada por los operadores de telefonía móvil.
De acuerdo a la Orden, “se pretende contar con información real sobre la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento. El objetivo es entender los desplazamientos de población para ver cómo de dimensionadas están las capacidades sanitarias en cada provincia”.
La Orden determina expresamente que el responsable de los datos será el INE y los encargados serán los operadores de comunicaciones electrónicas móviles.
3.- La creación de un punto central de coordinación para la evaluación de otras propuestas tecnológicas por parte distintos organismos y entidades. Dicha tarea se encomienda, igualmente, a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
La Orden resalta que las disposiciones anteriores deberán cumplir la normativa europea y española de protección de datos, así como los criterios interpretativos dados por la Agencia Española de Protección de Datos.
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