El día 26 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estadola Circular 1/2023, sobre la aplicación del artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (en adelante, la “Circular”). La Circular, como indica su título, establece criterios bajo los que actuará la AEPD en relación con el artículo 66.1, apartado b), de la General Ley de Telecomunicaciones del 2022. Es decir, ni siquiera se refiere a un artículo completo: es el apartado b) del primer punto del artículo 66.
La Agencia Española de Protección de Dato (“AEPD”) ha publicado recientemente un informe jurídico (Informe 0038/2023), en el que se analizan distintos aspectos relacionados con el ejercicio de las funciones de delegado de protección de datos (“DPD”).
Francia acaba de aprobar una ley relativa a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de 2024 que permite, además de la controvertida apertura de comercios en domingo, la utilización de cámaras de videovigilancia inteligentes, drones y escáneres corporales a la entrada de los estadios.
Al contrario de lo que podríamos pensar por la gran cantidad de noticias que aparece en prensa sobre ciberataques y por las brechas de seguridad que se notifican cada mes (ver informe correspondiente a enero de 2023), nuestra autoridad de control no está abriendo un número relevante de procedimientos sancionadores relacionados con brechas de seguridad o implantación deficiente de medidas de seguridad. De hecho, se inician más procedimientos sancionadores por instalación de cámaras de videovigilancia a comercios, locales de restauración y particulares que por falta de medidas de seguridad.
Son varias las series disponibles actualmente en plataformas que se basan en la vida de personajes reales. Dentro de ellas, las dedicadas a figuras de la canción constituyen casi un subgénero, dado su amplio número y el interés que generan entre el público más diverso.
El artículo 32 del Reglamento General de Protección de Datos establece la obligación del responsable y encargado del tratamiento de adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto, los fines del tratamiento y la probabilidad y gravedad para los derechos y libertades de las personas físicas.
La Comisión Europea y Estados Unidos anunciaron el pasado viernes 25 de marzo que habían llegado a un principio de acuerdo para regular las denominadas transferencias transatlánticas de datos.
La Agencia Española de Protección de Datos (“AEPD”) publicó el pasado lunes, 21 de marzo, su Memoria Anual del año 2021 (la “Memoria”). En ella, se analizan las decisiones y actuaciones de mayor relevancia de nuestra autoridad de control, así como las tendencias y retos de la privacidad a corto y medio plazo.
Como informábamos en nuestro último post, la autoridad francesa de protección de datos (Commission National de l’informatique et des libertés o “CNIL”), que ha tenido un cierre de año intenso, continua con su campaña de vigilancia del uso de cookies por parte de organizaciones de distintos sectores.
En la sesión plenaria celebrada el 14 de diciembre del año pasado, el Comité Europeo de Protección de Datos aprobó un documento con recomendaciones para la gestión de brechas de seguridad, y en particular, para la valoración de la posible notificación de las mismas a autoridades de control y afectados (Guidelines 01/2021 on Examples regarding Personal Data Breach Notification).
Diciembre ha sido un mes de gran actividad para la autoridad francesa de protección de datos, la Commission National de l’informatique et des libertés (“CNIL”).
La correcta atención del ejercicio de los denominados derechos “ARCO Plus” se ha convertido en un aspecto relevante en el cumplimiento de la normativa de protección de datos por parte de todo tipo de organizaciones.
En el Boletín Oficial del Estado de 5 de noviembre de 2021, se ha publicado la primera instrucción dictada por la Agencia Española de Protección de Datos (“AEPD”) desde la aprobación del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de esos datos (“RGPD”).