Nota elaborada por los socios Rafael Mateu de Ros y Jose Ignacio Vega .
Como consecuencia de la adopción de alguna de las medidas previstas en el Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, se han derivado algunas consecuencias jurídicas de la adquisición de participaciones accionariales de entidades de crédito por parte del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y del Fondo de Garantía de Depósitos de las entidades de crédito (FGD).
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