Recientemente ha sido publicada la sentencia nº 154/2016, de 29 de febrero, de Pleno de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que, entre otras materias, analiza por primera vez la responsabilidad penal de la persona jurídica, sentencia cuya copia os adjuntamos por si fuera de vuestro interés.
Hay que tener presente que dicha sentencia se dicta casi 6 años después de la aprobación de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modificaba el Código Penal y se introducía por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas mediante la introducción del artículo 31 bis que vació y dejó sin contenido el hasta entonces vigente principio general del “societas delinquere non potest” que siempre rigió en el derecho español.
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